Registro de fondos de inversión alternativos – Significado, registro, elegibilidad, documentos

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El Fondo de Inversión Alternativo (FIA) es un tipo de fondo de inversión en la India. Los inversores pueden utilizar los FIA para invertir y obtener beneficios. Se trata de un fondo de fondos que invierte en clases de activos distintos de los bonos, las acciones y el efectivo. Reúne los fondos de los inversores y los invierte en diferentes categorías de inversiones según lo especificado por la Junta de Valores y Bolsa de la India (SEBI) en beneficio de los inversores.

AIF consiste en fondos de inversión que se agrupan de forma privada que invierten en capital privado, capital de riesgo, fondos de cobertura, fondos gestionados, etc. AIF significa una inversión que difiere de las inversiones convencionales, tales como títulos de deuda, acciones, etc. Es una opción de inversión para los grandes apostadores, incluidos los inversores nacionales y extranjeros en la India. Por lo general, las instituciones y los particulares con grandes patrimonios invierten en FIA, ya que necesitan un elevado importe de inversión.

Significado del Fondo de Inversión Alternativo

Los FIA se definen en el Reglamento 2(1)(b) del Reglamento de la SEBI (Fondos de Inversión Alternativos) de 2012 («Reglamento»). La normativa define el FIA como un fondo establecido o constituido en la India en forma de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) o empresa o fideicomiso o persona jurídica que-

  • Es un vehículo de inversión privado que reúne fondos de inversores, incluidos inversores indios y extranjeros, para invertirlos según una política de inversión definida en beneficio de sus inversores.
  • No incluye los fondos contemplados en el Reglamento de la SEBI (Planes de Inversión Colectiva) de 1999, el Reglamento de la SEBI (Fondos de Inversión) de 1996 o cualquier otro reglamento de la SEBI (Junta de Valores y Bolsa de la India) que regule las actividades de gestión de fondos.

Lo siguiente no se considera como FIA-

  • Fideicomiso familiar que se crea para beneficiar a los «familiares», tal como se define en la Ley de Sociedades, 2013.
  • Fideicomiso ESOP (Plan de Propiedad de Acciones de los Empleados) que se establece bajo el Reglamento SEBI (Beneficios de los Empleados Basados en Acciones), 2014 o según lo permitido por la Ley de Empresas, 2013.
  • Fideicomiso de bienestar de los empleados o fideicomiso de gratuidad creado en beneficio de los empleados.
  • Sociedades de cartera según la definición del artículo 46(2) de la Ley de Sociedades, 2013.
  • Otros vehículos de propósito especial no establecidos por los gestores de fondos, incluidos los fideicomisos de titulización, están regulados por un marco normativo específico.
  • Fondos gestionados por una sociedad de titulización o una sociedad de reconstrucción registrada en el Banco de la Reserva de la India en virtud del artículo 3 de la Ley de titulización y reconstrucción de activos financieros y de ejecución de garantías reales de 2002.
  • Cualquier grupo de fondos de este tipo que esté regulado directamente por cualquier otro regulador en la India.

Categorías de fondos de inversión alternativos

Los solicitantes pueden pedir el registro como FIA en una de las siguientes categorías, según proceda-

FIA de categoría I

Los FIA que invierten en empresas en fase inicial, empresas de nueva creación, empresas sociales, pequeñas y medianas empresas (PYME), infraestructuras u otros sectores/áreas considerados por el gobierno o los reguladores como social o económicamente deseables son FIA de categoría I. Las inversiones de los FIA de categoría I incluyen los fondos de PYME, los fondos de capital riesgo, los fondos de infraestructuras, los fondos de emprendimiento social y otros FIA específicos de este tipo.

En esta categoría, generalmente se prevé que los FIA tengan efectos indirectos positivos en la economía. Los fondos para los que la SEBI o el Gobierno de la India (GOI) u otros reguladores en la India podrían considerar la concesión de incentivos o concesiones se incluyen en esta categoría.

FIA de categoría II

Los FIA que no están incluidos en las categorías I y III y que no se endeudan ni se apalancan más que para satisfacer las necesidades operativas cotidianas y que están permitidos en el Reglamento de la SEBI (Fondos de Inversión Alternativa) de 2012 están incluidos en la categoría II de FIA.

Los FIA de esta categoría incluyen los fondos de deuda o los fondos de capital privado, que no reciben incentivos o concesiones específicas del Gobierno de la India o de cualquier otro regulador. Los diversos tipos de fondos, como los fondos inmobiliarios, los fondos de capital privado (fondos PE), los fondos para activos en dificultades, etc., están registrados como FIA de categoría II.

FIA de categoría III

Los FIA que emplean estrategias de negociación complejas o diversas y emplean el apalancamiento, incluida la inversión en derivados cotizados o no cotizados, entran en la categoría III de FIA. Los FIA como los fondos de cobertura o los fondos que operan para obtener rendimientos a corto plazo u otros fondos de este tipo que son de composición abierta y para los que no se reciben concesiones o incentivos específicos del Gobierno de la India o de cualquier otro regulador se incluyen en esta categoría.

Criterios de elegibilidad para el registro de fondos de inversión alternativos

Los criterios de elegibilidad para solicitar el registro como Fondo de Inversión Alternativo son-

  • El solicitante, el gestor y el patrocinador son personas aptas según los criterios especificados en el Anexo II del Reglamento de la SEBI (Intermediarios) de 2008.
  • El gestor del equipo de inversión clave del FIA tiene –
    • Experiencia adecuada y al menos un miembro del personal clave con cinco años de experiencia en la gestión de fondos de capital o en el asesoramiento, en la gestión de fondos, patrimonios, activos, carteras o en el negocio de venta, compra y negociación de valores u otros activos financieros,
    • Al menos un miembro del personal clave que tenga una cualificación profesional en contabilidad, finanzas, comercio, gestión empresarial, mercado de capitales, economía o banca de una institución o universidad reconocida por el Gobierno Central o cualquier Gobierno Estatal.
  • El solicitante, en el momento del registro, ha declarado específicamente los inversores a los que se dirige, el objetivo de inversión, el estilo de inversión, el corpus propuesto, la estrategia y la duración propuesta del fondo o plan.
  • La escritura de constitución de una empresa o la escritura de fideicomiso de un fideicomiso o la escritura de asociación de una sociedad de responsabilidad limitada autoriza el ejercicio de la actividad de FIA.
  • El solicitante debe tener prohibido por su Acta de Constitución (AoA) o Escritura de Asociación o Escritura Fiduciaria hacer una invitación al público para suscribir sus valores.
  • Si el solicitante es un fideicomiso, la escritura fiduciaria está debidamente registrada conforme a la Ley de Registro de 1908.
  • Si el solicitante es una sociedad de responsabilidad limitada, está debidamente constituida y la escritura de sociedad está registrada en el Registro de Empresas de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 2008.
  • En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se ha establecido o creado en virtud de las leyes de la Legislatura Central o Estatal, y tiene permiso para llevar a cabo las actividades de FIA.

Registro de fondos de inversión alternativos

  • La solicitud para la concesión del Certificado de Registro de FIA se puede hacer a la SEBI para las categorías I, II y III de FIA en el formulario A como se indica en el primer anexo del Reglamento, junto con los documentos necesarios.
  • La solicitud de registro debe ir acompañada de una tasa de solicitud no reembolsable como se indica en la Parte A y pagada en la forma indicada en la Parte B del Segundo Anexo del Reglamento.
  • La SEBI tendrá en cuenta los requisitos especificados en el Reglamento antes de considerar la concesión del Certificado de Registro al solicitante.
  • Por lo general, tras la recepción de la solicitud de registro, el solicitante recibe una respuesta de la SEBI en un plazo de 21 días hábiles. Sin embargo, el tiempo que se tarda en conceder el registro depende de la rapidez con la que el solicitante cumpla los requisitos.
  • El solicitante debe indicar en la carta de presentación de la solicitud si-
    • Está registrado en la SEBI como un Fondo de Capital Riesgo. Si la respuesta es afirmativa, los detalles deben ser proporcionados.
    • El solicitante ha ejercido las actividades de FIA antes de presentar la solicitud de registro. En caso de que la respuesta sea afirmativa, deben facilitarse los siguientes datos.
    • El solicitante está pidiendo el registro de un nuevo fondo.
  • El solicitante también debe presentar una solicitud en línea en términos de las directrices de la SEBI de vez en cuando.

Concesión del registro del Fondo de Inversión Alternativo

La SEBI tendrá en cuenta los requisitos especificados en el Reglamento antes de considerar la concesión del Certificado de Registro. Una vez que la SEBI haya comprobado que el solicitante cumple los requisitos, aprobará la solicitud e informará al solicitante al respecto.

En caso de que el solicitante no esté registrado en la SEBI como un Fondo de Capital Riesgo, entonces una tasa de registro de Rs.Se debe pagar 5 lakh a la SEBI al recibir la aprobación de la solicitud de registro. Si el solicitante está registrado en la SEBI como Fondo de Capital Riesgo, deberá abonar una tasa de registro de Rs.Se debe pagar 1 lakh a la SEBI al recibir la aprobación de la solicitud de registro.

Tras la recepción de la tasa de registro del solicitante, la SEBI concederá el Certificado de Registro del Fondo de Inversión Alternativo al solicitante en el formulario B. Este Certificado de Registro será válido hasta que el Fondo de Inversión Alternativo se liquide.

Documentos requeridos para el registro de fondos de inversión alternativos

Los documentos que se deben presentar junto con la solicitud de registro son-

  • Certificado de constitución o registro de la entidad solicitante.
  • La escritura de asociación en el caso del registro del FIA es por una sociedad registrada bajo la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, 2008.
  • El original de la Escritura de Fideicomiso en caso de que el registro del FIA sea por una sociedad o fideicomiso registrado bajo la Ley de Fideicomisos de 1882.
  • Información de los directores y accionistas con respecto al FIA.
  • Copia de la Escritura de Constitución de la entidad solicitante.
  • Información de contacto y otros datos de la entidad solicitante.
  • Cualquier otra información comercial relacionada con los planes de expansión de la empresa o sociedad de responsabilidad limitada.
  • Dirección y datos del domicilio social de la entidad solicitante.
  • Escritura de constitución y estatutos de la entidad solicitante.

Cumplimientos después del registro del fondo de inversión alternativo

Los requisitos que debe seguir el solicitante después de obtener el Certificado de Registro AIF son-

  • El FIA debe cumplir con los requisitos de información establecidos por la SEBI de vez en cuando.
  • El FIA debe consultar periódicamente el sitio web de la SEBI para conocer las circulares, las actualizaciones o las directrices publicadas periódicamente por la SEBI en relación con la actividad del FIA.
  • El FIA debe comunicar a la SEBI cualquier cambio importante en los datos que ya se le han facilitado en un plazo razonable.

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