La Ley de Protección del Consumidor de 1986 (COPRA) fue aprobada por el Parlamento indio y entró en vigor en diciembre de 1986. La Ley se aprobó para proteger los intereses de los consumidores, así como para establecer organismos estatales que se ocupen de los problemas de los consumidores y todo lo que surja de ellos.
Introducción
Los tribunales de consumo se crearon como organismos de resolución de litigios de consumo y se ocupan de las disputas, conflictos y quejas de los consumidores. Es un foro en el que un consumidor puede presentar una demanda contra un vendedor en el caso de que el consumidor considere que ha sido engañado o explotado por el vendedor. El objetivo de contar con un foro independiente para los litigios de consumo es garantizar que dichos litigios se resuelvan con rapidez y que sean menos costosos.
Tipos de tribunales de consumo
El COPRA prevé la formación de tribunales de consumo, según la Ley hay tres niveles de tribunales de consumo que son los siguientes:
Foro de Distrito de Resolución de Disputas de los Consumidores (DCDRF):
El DCDRF funciona a nivel de distrito y se encarga de cualquier conflicto de consumo cuando la reclamación de indemnización de los recurrentes no supera las 20 lakh de rupias.
Comisión Estatal de Resolución de Disputas del Consumidor (SCDRC):
La SCDRC opera a nivel estatal y se encarga de cualquier conflicto de consumo en el que la reclamación de compensación de los recurrentes supere la cantidad de 20 lakhs pero no exceda de 1 crore de rupias.
Comisión Nacional de Resolución de Conflictos de Consumo (NCDRC):
La NCDRC es el tribunal supremo y se ocupa de los litigios de consumo en los que la reclamación de indemnización de los recurrentes supere la cantidad de 1 crore de rupias.
Jurisdicción
Las competencias de los tribunales se basan en la jerarquía de los mismos;
1. Jurisdicción pecuniaria:
- El Foro Distrital de Compensación de Disputas del Consumidor tiene la jurisdicción pecuniaria hasta una cantidad que no exceda de 20 lakhs.
- La Comisión Estatal de Reparación de Disputas de los Consumidores tiene la jurisdicción pecuniaria cuando la reclamación excede de 20 lakhs pero no excede de 1 crore de rupias.
- La Comisión Nacional de Resolución de Disputas de los Consumidores tiene la jurisdicción pecuniaria cuando la reclamación supera la cantidad de 1 crore de rupias.
2. Competencia territorial:
La jurisdicción territorial se debe tener en cuenta después de establecer la jurisdicción pecuniaria. Se puede presentar una reclamación en el tribunal que se encuentra dentro de los límites locales donde;
- Cuando la parte contraria reside o trabaja voluntariamente en esos límites locales.
- Cuando la causa de la acción surge de.
Para determinar dónde surge la causa de la acción se pueden aplicar las mismas leyes aplicables al derecho contractual.
- Jurisdicción territorial cuando se realiza una transacción en línea.
Las transacciones realizadas en línea anulan efectivamente la jurisdicción territorial. En este caso, la jurisdicción territorial se encuentra en cualquiera de los múltiples lugares en los que surge la causa de la acción, que también incluye el lugar de residencia del recurrente.
3. Jurisdicción de apelación:
- Si un consumidor no está satisfecho con la decisión tomada por el foro de distrito, puede presentar un recurso ante la comisión estatal.
- Si el consumidor se ve perjudicado por la decisión tomada por la comisión estatal, puede apelar a la comisión nacional.
- Si un consumidor no está satisfecho con la decisión tomada por la Comisión Nacional, podrá recurrir al Tribunal Supremo.
Composición
La Ley de Protección del Consumidor de 1986 establece la composición de cada uno de los tribunales.
1. Foro Distrital de Resolución de Disputas de los Consumidores:
Cada foro de distrito estará compuesto por:
- una persona que sea, o haya sido, o esté cualificada para ser Juez de Distrito, que será su Presidente;
- otros dos miembros, que deberán ser personas con capacidad, integridad y prestigio, y tener un conocimiento adecuado o experiencia, o haber demostrado capacidad en el tratamiento de problemas relacionados con la economía, el derecho, el comercio, la contabilidad, la industria, los asuntos públicos o la administración, uno de los cuales deberá ser una mujer.
2. Foro Estatal de Compensación de Disputas de Consumidores:
Cada Comisión Estatal estará compuesta por –
- una persona que sea o haya sido juez de un Tribunal Superior, nombrada por el Gobierno del Estado, que será su Presidente :
Siempre que que ningún nombramiento en virtud de esta cláusula se hará sino tras consultar con el Presidente del Tribunal Superior;
- otros dos miembros, que deberán ser personas de capacidad, integridad y prestigio y tener conocimientos o experiencia adecuados o haber demostrado capacidad para tratar problemas relacionados con la economía, el derecho, el comercio, la contabilidad, la industria, los asuntos públicos o la administración, uno de los cuales deberá ser una mujer :
Siempre que cada nombramiento realizado en virtud de esta cláusula sea hecho por el Gobierno del Estado por recomendación de un comité de selección compuesto por lo siguiente: (i) Presidente de la Comisión Estatal – Presidente, (ii) Secretario del Departamento de Derecho del Estado – Miembro, (iii) Secretario, encargado del Departamento que se ocupa de los asuntos de los consumidores en el Estado – Miembro.
3. Foro Nacional de Reparación de Disputas de los Consumidores:
La Comisión Nacional estará compuesta por –
- una persona que sea o haya sido juez del Tribunal Supremo, nombrada por el Gobierno central, que será su presidente :
Siempre que que ningún nombramiento en virtud de esta cláusula se hará sino tras consultar al Presidente del Tribunal Supremo de la India;
- otros cuatro miembros que deberán ser personas con capacidad, integridad y prestigio y que tengan conocimientos o experiencia adecuados o hayan demostrado capacidad para tratar problemas relacionados con la economía, el derecho, el comercio y la contabilidad. industria, asuntos públicos o administración, uno de los cuales deberá ser una mujer :
Siempre que todo nombramiento realizado en virtud de esta cláusula sea efectuado por el Gobierno Central a partir de la recomendación de un comité de selección formado por-
- Una persona que sea Juez del Tribunal Supremo que será nombrada por el Presidente del Tribunal Supremo de la India – Presidente,
- El Secretario del Departamento de Asuntos Jurídicos del Gobierno de la India – Miembro,
- Secretario del Departamento que se ocupa de los asuntos de los consumidores en el Gobierno de la India – Miembro.
Poderes y funciones
Los poderes y funciones de la comisión se enumeran en la sección 4 de la ley. La sección 4(1) establece las funciones como sigue.
1. Funciones :
- Función de asesoramiento a los ministros en cuestiones generales de consumo.
- Formulación y aplicación de políticas de protección del consumidor
- Llevar a cabo una investigación sobre la venta de bienes o la prestación de servicios a partir de la queja de un consumidor agraviado, para determinar si el consumidor reclamante ha sido realmente agraviado.
- Llevar a cabo una investigación de su propia iniciativa.
- Promover el desarrollo de organizaciones formadas para la protección de los consumidores
- Recoger, analizar y publicar información sobre cualquier comercio o empresa.
- Educar a los consumidores sobre sus derechos
- Resolver conflictos entre consumidores y proveedores
- Llevar a cabo las funciones que el ministro puede dirigir de vez en cuando.
2. Poderes:
La comisión de consumidores está facultada para hacer todo lo que considere necesario para cumplir con sus funciones. Puede adoptar cualquier medida que considere ventajosa o conveniente para el desempeño de sus funciones o que sea accesoria al cumplimiento de las mismas, y puede llevar a cabo cualquier actividad en ese sentido, ya sea solo o en asociación con cualquier otra persona u organismo.