El objetivo de la norma SRS 4400 (Norma sobre servicios relacionados) es proporcionar normas y orientaciones sobre las responsabilidades profesionales de un auditor cuando se asume el encargo de realizar procedimientos acordados relativos a la información financiera y sobre el contenido y la forma del informe que el auditor emitiría tras dichos encargos.
Objetivos de los compromisos de procedimientos acordados
El compromiso de procedimientos acordados requiere que un auditor ejecute procedimientos de la naturaleza de la auditoría que la entidad, el auditor y los terceros pertinentes han decidido y que informe sobre los hallazgos reales. El auditor no comunica ninguna garantía en su informe, ya que básicamente ofrece un informe de conclusiones fácticas de los procedimientos acordados.
En cambio, los usuarios de dicho informe valoran y evalúan por sí mismos los procedimientos y hallazgos comunicados por el auditor y se forman sus propias conclusiones basándose en el trabajo realizado por dicho auditor.
Principios generales de un encargo de procedimientos acordados
Los auditores deben cumplir el Código de Ética del ICAI (Instituto de Contadores Públicos de la India). Los principios éticos que rigen las responsabilidades profesionales del auditor en este tipo de encargos incluyen:
- Integridad
- Cuidado debido
- Competencia profesional
- Confidencialidad
- Objetividad
- Las normas técnicas
- La conducta profesional
Cuando un auditor no es independiente, el auditor necesita proporcionar una declaración a tal efecto en su informe de las conclusiones de hecho. El auditor debe llevar a cabo el compromiso de procedimiento acordado según el SRS 4400 y de conformidad con los términos del compromiso.
Planificación
Un auditor debe planificar su trabajo de manera que el encargo se ejecute de forma eficiente.
Documentación
Todas las cuestiones que son cruciales y que ayudan al auditor a aportar pruebas en apoyo de su informe de conclusiones fácticas, y pruebas de que dicho encargo se ha ejecutado de acuerdo con la norma SRS 4400 y de conformidad con las condiciones del encargo.
Procedimientos y pruebas
El auditor debe ejecutar los procedimientos acordados y utilizar las pruebas recopiladas por él como base para su informe de conclusiones fácticas. Los procedimientos empleados por un auditor en un encargo para realizar procedimientos acordados podrían incluir:
- Investigación y análisis
- Observación
- Inspección
- Comparación, recálculo y otras pruebas de exactitud administrativa
- Obtención de confirmaciones
Informes
El informe requiere una descripción del propósito junto con los procedimientos acordados con el detalle adecuado para permitir al usuario de dicho informe comprender claramente el alcance y la naturaleza del trabajo realizado. El auditor debe mencionar claramente en este informe que no se ha realizado una auditoría o una revisión. El informe de constatación de hechos debe contener:
- Título
- Destinatario
- La distinción entre información financiera o no financiera concreta a la que el auditor aplica procedimientos acordados
- Una declaración que describe que los procedimientos realizados por el auditor son los acordados con el receptor
- Una declaración en la que se describa que la ejecución del encargo fue conforme al SRS correspondiente a los encargos de procedimientos acordados
- La finalidad con la que se ejecutaron dichos procedimientos acordados
- Lista de los procedimientos específicos ejecutados durante el encargo
- Descripción de los hechos constatados por el auditor, junto con los detalles apropiados y adecuados de las excepciones y errores encontrados
- Una declaración de que los procedimientos realizados no constituyen ni una auditoría ni una revisión y, por lo tanto, no se expresa ninguna garantía
- Una declaración en la que se describa que si el auditor hubiera realizado procedimientos adicionales, ya sea una auditoría o una revisión, podrían haber surgido otros asuntos que habrían formado parte de dicho informe
- Una declaración en la que se describa que dicho informe se limita a las partes específicas que han acordado los procedimientos a realizar
- Fecha de dicho informe
- Lugar de la firma
- Firma del auditor
El informe debe ser firmado por un contable en su nombre personal. Si se contrata a una empresa, dicho informe debe estar firmado en nombre personal de dicho contable junto con el nombre de dicha empresa. El propietario o el socio que firma el informe sobre los procedimientos acordados debe proporcionar el número de miembro que es asignado por el ICAI.