A quién va dirigida esta guía?
Las personas que tienen ingresos de alquiler de la tierra, edificio, planta & Maquinaria, mobiliario & accesorios, etc.
Última actualización
Qué es la Sección 194I ?
- La persona (no siendo un individuo o HUF) que es responsable del pago del alquiler está obligado a deducir el impuesto en la fuente.
- El umbral de TDS para la deducción del impuesto sobre el alquiler es de 2.40.000 rupias para el
AÑO FISCAL 2020-21. El límite del umbral era de Rs. 1.80.000 euros hasta el año fiscal 2018-19. - Además, los individuos y/o HUFs que están sujetos a una auditoría fiscal también tienen la obligación de deducir el impuesto en la fuente.
¿Cuál es el motivo de la introducción del TDS en la sección 194I??
- La Ley de Finanzas de 1994 introdujo la Sección 194I, relativa a la deducción del impuesto sobre el alquiler
- El gobierno introdujo la disposición para cubrir los ingresos por concepto de alquiler en la deducción de impuestos en la fuente
- También en otros países, estos ingresos están sujetos a la deducción del impuesto sobre la renta en origen
¿Cuál es el significado de «alquiler» en referencia a la Sección 194I??
- Por «alquiler» se entiende cualquier pago, sea cual sea su denominación, en virtud de un contrato de arrendamiento, subarrendamiento, arrendamiento o cualquier otro acuerdo o arreglo para el uso de (por separado o en conjunto) cualquier:
- terrenos o
- Edificio (incluido el edificio de la fábrica) o
- Terrenos anexos a un edificio (incluido el edificio de la fábrica) o
- Maquinaria o
- Instalaciones o
- Equipos o
- Mobiliario o
- Equipamiento
- ya sea que alguno o todos los anteriores sean propiedad del beneficiario (Explicación (i) de la Sec. 194-I). Subarriendo también está cubierta.
- Si el propietario cobra una garantía o un anticipo en el momento de alquilar un edificio a un inquilino con la condición de que la fianza se reembolsará en el momento de desalojar el edificio, entonces ese recibo no tiene la naturaleza de los ingresos y, por lo tanto, no hay que deducir el impuesto en la fuente según la sección 194I.
- Sin embargo, el alquiler anticipado (no en la naturaleza de depósito de seguridad reembolsable) pagado es, sujeto a una deducción de impuestos. Además, en caso de que dicho alquiler se abone en una «cuenta transitoria» o en cualquier otra cuenta, también habrá que deducir el impuesto en origen.