Reglas CGST: Capítulo 3 – Registro

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Veamos el capítulo 3 de las normas CGST – Registro. Este texto ha sido extraído de http://www.cbec.gov.in/resources//htdocs-cbec/gst/cgst-rules-01july2017%20.pdf

Solicitud de registro

  • Toda persona, que no sea un sujeto pasivo no residente, una persona obligada a deducir el impuesto en la fuente en virtud de la sección 51, una persona obligada a recaudar el impuesto en la fuente en virtud de la sección 52 y una persona que preste servicios de información en línea y de acceso o recuperación de bases de datos desde un lugar situado fuera de la India a un destinatario en línea no imponible a que se refiere la sección 14 de la Ley del impuesto integrado sobre bienes y servicios, 2017 (13 de 2017) que está obligado a registrarse en virtud de la subsección (1) de la sección 25 y toda persona que solicite el registro en virtud de la subsección (3) de la sección 25 (en lo sucesivo, en este capítulo, «el solicitante») deberá, antes de solicitar el registro, declarar su número de cuenta permanente, número de móvil, dirección de correo electrónico, Estado o territorio de la Unión en la parte A del FORM GST REG-01 en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado:
    Siempre que una persona que tenga una unidad(es) en una Zona Económica Especial o que sea un promotor de la Zona Económica Especial deberá hacer una solicitud de registro por separado como una empresa vertical distinta de sus otras unidades situadas fuera de la Zona Económica Especial:
    Siempre y cuando cada persona que sea un Distribuidor de Servicios de Insumos presente una solicitud de registro por separado como tal Distribuidor de Servicios de Insumos.
  • (a) El número de cuenta permanente será validado en línea por el portal común desde la base de datos mantenida por la Junta Central de Impuestos Directos.
    (b) El número de móvil declarado bajo la sub-regla (1) será verificado a través de una contraseña de una sola vez enviada a dicho número de móvil; y
    (c) La dirección de correo electrónico declarada bajo la sub-regla (1) será verificada a través de una contraseña única enviada a dicha dirección de correo electrónico.
  • Una vez verificados con éxito el número de cuenta permanente, el número de móvil y la dirección de correo electrónico, se generará un número de referencia temporal que se comunicará al solicitante en dicho número de móvil y dirección de correo electrónico.
  • Utilizando el número de referencia generado en virtud de la subregla (3), el solicitante deberá presentar electrónicamente una solicitud en la Parte B del FORMULARIO GST REG-01, debidamente firmada o verificada a través de un código de verificación electrónica, junto con los documentos especificados en dicho formulario en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado.
  • Cuando se reciba una solicitud conforme a la subregla (4), se emitirá un acuse de recibo electrónico para el solicitante en el FORMULARIO GST REG-02.
  • Una persona que solicite el registro como sujeto pasivo ocasional recibirá un número de referencia temporal por el portal común para hacer el depósito anticipado del impuesto de acuerdo con las disposiciones de la sección 27 y el reconocimiento bajo la subregla (5) se emitirá electrónicamente sólo después de dicho depósito.
  • Verificación de la solicitud y aprobación

  • La solicitud se remitirá al funcionario competente, que examinará la solicitud y los documentos que la acompañan y, si los considera conformes, aprobará la concesión del registro al solicitante en un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Cuando la solicitud presentada en virtud de la regla 8 se considere deficiente, ya sea en términos de cualquier información o cualquier documento que se requiera presentar en virtud de dicha regla, o cuando el funcionario competente requiera cualquier aclaración con respecto a cualquier información proporcionada en la solicitud o los documentos presentados con ella, podrá emitir un aviso al solicitante por vía electrónica en el FORMULARIO GST REG-03 dentro de un período de tres días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud y el solicitante deberá proporcionar dicha aclaración, información o documentos por vía electrónica, en el FORMULARIO GST REG-04, dentro de un período de siete días hábiles a partir de la fecha de recepción de dicho aviso. Explicación.- A los efectos de esta subregla, la expresión «aclaración» incluye la modificación o corrección de los datos declarados en la solicitud de registro, distintos del número de cuenta permanente, el Estado, el número de móvil y la dirección de correo electrónico declarados en la parte A del FORM GST REG-01.
  • Cuando el funcionario competente esté satisfecho con la aclaración, la información o los documentos presentados por el solicitante, podrá aprobar la concesión del registro al solicitante en un plazo de siete días hábiles a partir de la fecha de recepción de dicha aclaración, información o documentos.
  • Si el solicitante no responde a la notificación emitida en virtud de la subregla (2) o si el funcionario competente no está satisfecho con la aclaración, la información o los documentos presentados, rechazará, por razones que se registrarán por escrito, dicha solicitud e informará al solicitante por vía electrónica en el FORMULARIO GST REG-05.
  • Si el funcionario competente no toma ninguna medida, –
    (a) en un plazo de tres días laborables a partir de la fecha de presentación de la solicitud; o
    (b) en un plazo de siete días hábiles a partir de la fecha de recepción de la aclaración, información o documentos proporcionados por el solicitante en virtud de la subregla (2), la solicitud de concesión de registro se considerará aprobada.
  • Emisión del Certificado de Registro

  • Sujeto a las disposiciones de la subsección (12) de la sección 25, cuando la solicitud de concesión de registro ha sido aprobada en virtud de la regla 9, se pondrá a disposición del solicitante en el portal común un certificado de registro en el FORMULARIO GST REG-06 que muestra el lugar principal de negocios y el lugar o lugares adicionales de negocios y se asignará un Número de Identificación del Impuesto sobre Bienes y Servicios sujeto a los siguientes caracteres, a saber:-
    (a) dos caracteres para el código de Estado;
    (b) diez caracteres para el Número de Cuenta Permanente o el Número de Cuenta de Deducción y Recaudación de Impuestos;
    (c) dos caracteres para el código de entidad; y
    (d) un carácter de suma de comprobación.
  • El registro será efectivo a partir de la fecha en que la persona se convierte en sujeto de registro cuando la solicitud de registro se ha presentado dentro de un período de treinta días a partir de dicha fecha.
  • Cuando una solicitud de registro ha sido presentada por el solicitante después de la expiración de treinta días a partir de la fecha de su obligación de registro, la fecha efectiva de registro será la fecha de la concesión de registro en virtud de la subregla (1) o subregla (3) o subregla (5) de la regla 9.
  • Cada certificado de registro deberá ser debidamente firmado o verificado a través de un código de verificación electrónica por el funcionario competente en virtud de la Ley.
  • Cuando se haya concedido el registro en virtud de la subregla (5) de la regla 9, se comunicará al solicitante el número de registro, y el certificado de registro en virtud de la subregla (1), debidamente firmado o verificado a través del código de verificación electrónica, se pondrá a su disposición en el portal común, en un plazo de tres días después de la expiración del período especificado en la subregla (5) de la regla 9.
  • Registro por separado para múltiples verticales de negocio dentro de un Estado o una
    Territorio de la Unión

  • Cualquier persona que tenga múltiples verticales de negocio dentro de un Estado o un territorio de la Unión, que requiera un registro separado para cualquiera de sus verticales de negocio bajo la sub-sección (2) de la sección 25, se le concederá un registro separado con respecto a cada uno de los verticales sujeto a las siguientes condiciones, a saber:-
    (a) dicha persona tiene más de un vertical de negocio como se define en la cláusula (18) de la sección 2;
    (b) no se concederá el registro para pagar el impuesto en virtud de la sección 10 a la rama de actividad de un sujeto pasivo si alguna de las otras ramas de actividad de la misma persona está pagando el impuesto en virtud de la sección 9;
    (c) todas las verticales de negocio registradas por separado de dicha persona deberán pagar el impuesto bajo la Ley sobre el suministro de bienes o servicios o ambos realizados a otra vertical de negocio registrada de dicha persona y emitir una factura de impuestos para dicho suministro.
    Explicación: A los efectos de la cláusula (b), se aclara que cuando cualquier vertical de negocio de una persona registrada a la que se le haya concedido un registro separado no sea elegible para pagar el impuesto en virtud de la sección 10, todos los demás verticales de negocio de dicha persona no serán elegibles para pagar el impuesto en virtud de dicha sección.
  • Una persona registrada con derecho a obtener un registro separado para verticales de negocio puede presentar una solicitud separada en el FORMULARIO GST REG-01 con respecto a cada uno de dichos verticales.
  • Las disposiciones de la regla 9 y la regla 10 relativas a la verificación y a la concesión del registro se aplicarán, mutatis mutandis, a una solicitud presentada en virtud de esta regla.
  • Concesión del registro a las personas obligadas a retener el impuesto en origen o a
    Recaudación de impuestos en origen

  • Cualquier persona obligada a deducir el impuesto de acuerdo con las disposiciones de la sección 51 o una persona obligada a recaudar el impuesto en la fuente de acuerdo con las disposiciones de la sección 52 deberá presentar electrónicamente una solicitud, debidamente firmada o verificada a través del código de verificación electrónica, en el FORMULARIO GST REG-07 para la concesión del registro a través del portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado.
  • El funcionario competente puede conceder el registro después de la debida verificación y emitir un certificado de registro en el formulario GST REG-06 en un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Cuando, tras una investigación o en virtud de cualquier otro procedimiento en virtud de la Ley, el funcionario competente tenga la certeza de que una persona a la que se ha expedido un certificado de registro en el FORMULARIO GST REG06 ya no está obligada a deducir el impuesto en la fuente en virtud de la sección 51 o a recaudar el impuesto en la fuente en virtud de la sección 52, dicho funcionario podrá cancelar el registro expedido en virtud de la subregla (2) y dicha cancelación se comunicará a dicha persona por vía electrónica en el FORMULARIO GST REG-08: Siempre que el funcionario competente siga el procedimiento previsto en la regla 22 para la cancelación del registro.
  • Concesión de registro a un sujeto pasivo no residente

  • Un sujeto pasivo no residente deberá presentar electrónicamente una solicitud, junto con una copia autenticada de su pasaporte válido, para el registro, debidamente firmada o verificada a través del código de verificación electrónica, en el FORMULARIO GST REG-09, al menos cinco días antes del inicio de la actividad en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado: Siempre que en el caso de una entidad comercial constituida o establecida fuera de la India, la solicitud de registro se presentará junto con su número de identificación fiscal o número único sobre la base de que la entidad es identificada por el Gobierno de ese país o su número de cuenta permanente, si está disponible.
  • Una persona que solicite el registro como sujeto pasivo no residente recibirá un número de referencia temporal por el portal común para hacer un depósito anticipado de impuestos de acuerdo con las disposiciones de la sección 27 y el reconocimiento bajo la subregla (5) de la regla 8 se emitirá electrónicamente sólo después de dicho depósito en su libro de caja electrónico.
  • Las disposiciones de la regla 9 y la regla 10 relativas a la verificación y la concesión del registro se aplicarán, mutatis mutandis, a una solicitud presentada en virtud de esta regla.
  • La solicitud de registro presentada por un sujeto pasivo no residente deberá estar debidamente firmada o verificada a través de un código de verificación electrónica por su firmante autorizado, que deberá ser una persona residente en la India que tenga un número de cuenta permanente válido.
  • Concesión del registro a una persona que suministra en línea
    Servicios de información y acceso a bases de datos o de recuperación desde un lugar
    Fuera de la India a un destinatario en línea no imponible

  • Cualquier persona que suministre información en línea y acceso a bases de datos o servicios de recuperación desde un lugar fuera de la India a un destinatario en línea que no sea sujeto pasivo deberá presentar electrónicamente una solicitud de registro, debidamente firmada o verificada a través de un código de verificación electrónica, en el FORMULARIO GST REG-10, en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado.
  • El solicitante a que se refiere la subregla (1) recibirá el registro, en el FORMULARIO GST REG-06, sujeto a las condiciones y restricciones y por el funcionario que pueda ser notificado por el Gobierno Central sobre las recomendaciones del Consejo.
  • Extensión en el período de operación por parte de un sujeto pasivo ocasional y
    Persona no residente que es sujeto pasivo

  • Cuando un sujeto pasivo ocasional registrado o un sujeto pasivo no residente pretenda prorrogar el período de registro indicado en su solicitud de registro, dicha persona deberá presentar una solicitud en el FORMULARIO GST REG-11 por vía electrónica a través del portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisario, antes de que finalice la validez del registro que se le concedió.
  • La solicitud en virtud de la subregla (1) será reconocida sólo en el pago de la cantidad especificada en la subsección (2) de la sección 27.
  • Registro Suo Moto

  • Cuando, en virtud de cualquier encuesta, investigación, inspección, búsqueda o cualquier otro procedimiento en virtud de la Ley, el funcionario competente compruebe que una persona sujeta a registro en virtud de la Ley no ha solicitado dicho registro, dicho funcionario podrá registrar a dicha persona de forma temporal y emitir una orden en el FORMULARIO GST REG- 12.
  • El registro concedido en virtud de la subregla (1) será efectivo a partir de la fecha de dicha orden de concesión de registro.
  • Toda persona a la que se le haya concedido un registro temporal en virtud de la subregla (1) deberá, en un plazo de noventa días a partir de la fecha de concesión de dicho registro, presentar una solicitud de registro en la forma y manera previstas en la regla 8 o en la regla 12: Siempre que dicha persona haya interpuesto un recurso contra la concesión del registro temporal, en tal caso, la solicitud de registro deberá presentarse en un plazo de treinta días a partir de la fecha de emisión de la orden que confirme la obligación de registro por parte de la Autoridad de Apelación.
  • Las disposiciones de la regla 9 y la regla 10 relativas a la verificación y la emisión del certificado de registro se aplicarán, mutatis mutandis, a una solicitud presentada en virtud de la subregla (3).
  • El Número de Identificación del Impuesto sobre Bienes y Servicios asignado, de conformidad con la verificación en virtud de la subregla (4), será efectivo a partir de la fecha de la orden de concesión del registro en virtud de la subregla (1).
  • Asignación de número de identidad único a determinadas entidades especiales

  • Toda persona que deba recibir un Número de Identidad Único de conformidad con las disposiciones de la subsección (9) de la sección 25 puede presentar una solicitud electrónicamente en el FORMULARIO GST REG13, debidamente firmado o verificado a través de un código de verificación electrónica, en la forma especificada en la regla 8 en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado.
  • El funcionario competente podrá, previa presentación de una solicitud en el FORMULARIO GST REG-13 o después de rellenar dicho formulario, asignar un número de identidad único a dicha persona y expedir un certificado en el FORMULARIO GST REG-06 en un plazo de tres días laborables a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Exhibición del certificado de registro y del número de identificación del impuesto sobre bienes y servicios en el tablón de anuncios

  • Toda persona registrada deberá exhibir su certificado de registro en un lugar prominente en su lugar principal de negocios y en cada lugar o lugares adicionales de negocios.
  • Toda persona registrada deberá exhibir su número de identificación del impuesto sobre bienes y servicios en el tablón de anuncios expuesto a la entrada de su lugar principal de negocios y en cada lugar o lugares adicionales de negocios.
  • Modificación del registro

  • Cuando haya algún cambio en cualquiera de los datos proporcionados en la solicitud de registro en el FORM GST REG-01 o FORM GST REG-07 o FORM GST REG-09 o FORM GST REG-10 o para el Número de Identidad Único en el FORM GST-REG-13, ya sea en el momento de obtener el registro o el Número de Identidad Único o según se modifique de vez en cuando, la persona registrada deberá, en un plazo de quince días a partir de dicho cambio, presentar una solicitud, debidamente firmada o verificada a través de un código de verificación electrónica, en el FORMULARIO GST REG-14, junto con los documentos relativos a dicho cambio en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisario: Siempre y cuando
    • (a) cuando el cambio se refiere a,-
      • (i) nombre legal del negocio;
      • (ii) la dirección del centro de actividad principal o de cualquier otro centro de actividad adicional; o
      • (iii) adición, supresión o retirada de socios o directores, Karta, Comité de Gestión, Consejo de Administración, Director General o equivalente, responsable de los asuntos cotidianos de la empresa, – que no justifica la cancelación del registro en virtud de la sección 29, el funcionario correspondiente, después de la debida verificación, aprobará la modificación en un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de la recepción de la solicitud en el formulario GST REG-14 y emitirá una orden en el formulario GST REG-15 por vía electrónica y dicha modificación surtirá efecto a partir de la fecha en que se produzca el evento que justifica dicha modificación;
    • (b) el cambio relacionado con la subcláusula
      • (i) y subcláusula
      • (iii) de la cláusula
        • (a) en cualquier Estado o territorio de la Unión será aplicable para todos los registros de la persona registrada obtenidos en virtud de las disposiciones de este capítulo en el mismo número de cuenta permanente;
    • (c) cuando el cambio se refiere a cualquier información distinta de las especificadas en la cláusula
      • (a), el certificado de registro se modificará tras la presentación de la solicitud en el FORMULARIO GST REG- 14 en el portal común;
    • (d) cuando un cambio en la constitución de cualquier negocio resulte en el cambio del Número de Cuenta Permanente de una persona registrada, dicha persona deberá solicitar un nuevo registro en el FORMULARIO GST REG-01: Siempre y cuando cualquier cambio en el número de móvil o la dirección de correo electrónico del firmante autorizado presentado en virtud de esta regla, en su versión modificada de vez en cuando, se llevará a cabo sólo después de la verificación en línea a través del portal común en la forma prevista en la subregla (2) de la regla 8.
  • Cuando el funcionario competente considere que la modificación solicitada en virtud de la subregla (1) no está justificada o que los documentos aportados están incompletos o son incorrectos, podrá, en un plazo de quince días laborables a partir de la fecha de recepción de la solicitud en el FORMULARIO GST REG-14, enviar una notificación en el FORMULARIO GST REG-03, exigiendo a la persona registrada que muestre la causa, en un plazo de siete días laborables a partir de la notificación de dicha notificación, de por qué la solicitud presentada en virtud de la subregla (1) no debe ser rechazada.
  • La persona registrada deberá proporcionar una respuesta a la notificación para mostrar la causa, emitida en virtud de la subregla (2), en el formulario GST REG-04, en un plazo de siete días hábiles a partir de la fecha de la notificación de dicho aviso.
  • Cuando la respuesta proporcionada en virtud de la subregla (3) no sea satisfactoria o cuando no se proporcione ninguna respuesta en respuesta a la notificación emitida en virtud de la subregla (2) dentro del plazo establecido en la subregla (3), el funcionario competente rechazará la solicitud presentada en virtud de la subregla (1) y dictará una orden en el FORM GST REG -05.
  • Si el funcionario competente no toma ninguna medida,-
    (a) en un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud, o
    (b) en un plazo de siete días hábiles a partir de la fecha de recepción de la respuesta a la notificación para mostrar la causa en virtud de la subregla (3), el certificado de registro se modificará en la medida solicitada y el certificado modificado se pondrá a disposición de la persona registrada en el portal común.
  • Solicitud de cancelación del registro

    Una persona registrada, que no sea una persona a la que se le haya concedido un registro
    concedido en virtud de la norma 12 o una persona a la que se le haya concedido un número de identidad único
    b) en un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud, o
    registro en virtud de la subsección (1) de la sección 29, por vía electrónica
    presentar una solicitud en el FORMULARIO GST REG-16, incluyendo en ella los detalles
    de los insumos almacenados o de los insumos contenidos en los productos semiacabados o acabados
    de los bienes en stock y de los bienes de capital en stock en la fecha de
    que se solicita la cancelación del registro, la responsabilidad sobre el mismo,
    los detalles del pago, en su caso, efectuado contra dicha responsabilidad y puede
    aportar, junto con la solicitud, los documentos pertinentes en apoyo
    de la misma, en el portal común en un plazo de treinta días a partir de la
    La cancelación de la licencia se produce directamente
    o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado:
    Siempre que ninguna solicitud de cancelación del registro
    se considerará en el caso de un sujeto pasivo, que se ha registrado
    voluntariamente, antes de la expiración de un período de un año a partir del
    fecha efectiva de registro. 21.

    Cancelación del registro en determinados casos

    El registro concedido a una persona es susceptible de ser cancelado, si dicha persona,-

  • no realiza ninguna actividad comercial desde el domicilio social declarado; o
  • emite una factura o factura sin suministro de bienes o servicios en violación de las disposiciones de esta Ley, o las normas establecidas en virtud de la misma, o
  • viola las disposiciones del artículo 171 de la Ley o las normas establecidas en virtud del mismo.
  • Cancelación del registro

  • Cuando el funcionario competente tenga razones para creer que el registro de una persona es susceptible de ser cancelado en virtud de la sección 29, emitirá una notificación a dicha persona en el FORMULARIO GST REG-17, requiriendo que muestre la causa, dentro de un período de siete días hábiles a partir de la fecha de la notificación de dicho aviso, de por qué su registro no debe ser cancelado.
  • La respuesta a la notificación de causa emitida bajo la subregla (1) deberá ser presentada en el FORMULARIO REG-18 dentro del período especificado en dicha subregla.
  • Cuando una persona que ha presentado una solicitud de cancelación de su registro ya no es susceptible de ser registrada o su registro es susceptible de ser cancelado, el funcionario competente emitirá una orden en el FORMULARIO GST REG-19, en un plazo de treinta días a partir de la fecha de la solicitud presentada en virtud de la subregla (1) de la regla 20 o, según sea el caso, la fecha de la respuesta a la muestra de causa emitida bajo la subregla (1), cancelará el registro, con efecto a partir de una fecha a determinar por él y notificará al sujeto pasivo, ordenándole que pague los atrasos de cualquier impuesto, interés o penalidad, incluyendo la cantidad a pagar bajo la subsección (5) de la sección 29.
  • Cuando la respuesta proporcionada en virtud de la subregla (2) se considere satisfactoria, el funcionario competente abandonará el procedimiento y dictará una orden en el FORMULARIO GST REG -20.
  • Las disposiciones de la subregla (3) se aplicarán, mutatis mutandis, a los herederos legales de un propietario fallecido, como si la solicitud hubiera sido presentada por el propio propietario.
  • Revocación de la cancelación del registro

  • Una persona registrada, cuyo registro ha sido cancelado por el funcionario competente de oficio, puede presentar una solicitud de revocación de la cancelación del registro, en el FORMULARIO GST REG-21, a dicho funcionario competente, en un plazo de treinta días a partir de la fecha de la notificación de la orden de cancelación del registro en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado: Siempre que no se presente ninguna solicitud de revocación, si el registro ha sido cancelado por la falta de presentación de declaraciones por parte de la persona registrada, a menos que se presenten dichas declaraciones y se haya pagado cualquier cantidad debida en concepto de impuesto, en términos de dichas declaraciones, junto con cualquier cantidad pagadera en concepto de intereses, multas y tasas de retraso con respecto a dichas declaraciones.
  • (a) Cuando el funcionario competente considere, por razones que deberán constar por escrito, que existen motivos suficientes para revocar la cancelación de la inscripción, revocará la cancelación de la inscripción mediante una orden en el FORMULARIO GST REG-22 en un plazo de treinta días a partir de la fecha de recepción de la solicitud y lo comunicará al solicitante.
    (b) El funcionario competente podrá, por razones que se harán constar por escrito, en circunstancias distintas de las especificadas en la cláusula (a), mediante una orden en el FORMULARIO GST REG05, rechazar la solicitud de revocación de la cancelación del registro y comunicarlo al solicitante.
  • El funcionario competente, antes de dictar la orden a la que se refiere la cláusula (b) de la subregla (2), emitirá una notificación en el FORMULARIO GST REG-23 requiriendo al solicitante que muestre las razones por las que la solicitud presentada para la revocación en virtud de la subregla (1) no debe ser rechazada y el solicitante deberá proporcionar la respuesta en un plazo de siete días hábiles a partir de la fecha de la notificación en el FORMULARIO GST REG-24.
  • Una vez recibida la información o aclaración en el FORMULARIO GST REG-24, el funcionario competente procederá a resolver la solicitud en la forma especificada en la subregla (2) dentro de un período de treinta días a partir de la fecha de recepción de dicha información o aclaración del solicitante.
  • Migración de personas registradas bajo la ley existente

  • (a) Toda persona, que no sea una persona que deduzca el impuesto en la fuente o un distribuidor de servicios de insumos, registrada conforme a una ley vigente y que tenga un número de cuenta permanente emitido conforme a las disposiciones de la Ley del impuesto sobre la renta de 1961 (Ley 43 de 1961), deberá inscribirse en el portal común validando su dirección de correo electrónico y su número de móvil, ya sea directamente o a través de un centro de facilitación notificado por el Comisionado.
    (b) Una vez inscrita conforme a la cláusula (a), se concederá a dicha persona el registro con carácter provisional y se pondrá a su disposición en el portal común un certificado de registro en el FORMULARIO GST REG-25, en el que se incorporará el número de identificación del impuesto sobre bienes y servicios: Siempre que a un sujeto pasivo al que se le hayan concedido múltiples registros en virtud de la legislación vigente sobre la base de un único número de cuenta permanente, se le concederá un único registro provisional en virtud de la Ley:
  • (a) Toda persona a la que se le haya concedido un registro provisional en virtud de la subregla (1) deberá presentar una solicitud electrónica en el FORMULARIO GST REG-26, debidamente firmada o verificada a través de un código de verificación electrónica, junto con la información y los documentos especificados en dicha solicitud, en el portal común, ya sea directamente o a través de un Centro de Facilitación notificado por el Comisionado.
    (b) La información solicitada en la cláusula (a) se facilitará en un plazo de tres meses o en el plazo adicional que pueda ampliar el Comisionado en este sentido.
    (c) Si el funcionario competente considera que la información y los datos proporcionados en la solicitud son correctos y completos, se pondrá a disposición de la persona registrada un certificado de registro en el FORMULARIO GST REG-06 electrónicamente en el portal común.
  • Cuando los datos o la información especificados en la subregla (2) no se han proporcionado o no se han encontrado correctos o completos, el funcionario apropiado, después de notificar una causa en el FORMULARIO GST REG-27 y después de dar a la persona interesada una oportunidad razonable de ser escuchada, cancelará el registro provisional concedido bajo la subregla (1) y emitirá una orden en el FORMULARIO GST REG-28: (3A) Cuando un certificado de registro no se ha puesto a disposición del solicitante en el portal común dentro de un período de quince días a partir de la fecha de la presentación de la información y los datos mencionados en la cláusula (c) de la sub-regla (2) y no se ha emitido ningún aviso en virtud de la sub-regla (3) dentro de dicho período, el registro se considerará concedido y dicho certificado de registro, debidamente firmado o verificado a través del código de verificación electrónica, se pondrá a disposición de la persona registrada en el portal común. Siempre que el aviso de causa emitido en el FORMULARIO GST REG- 27 pueda ser retirado mediante la emisión de una orden en el FORMULARIO GST REG- 20, si se encuentra, después de dar a la persona la oportunidad de ser escuchada, que no existe tal causa por la que se emitió el aviso.
  • Toda persona registrada en virtud de cualquiera de las leyes existentes, que no está obligada a registrarse en virtud de la Ley puede, en un plazo de treinta días a partir del día señalado, a su elección, presentar una solicitud electrónicamente en el formulario GST REG-29 en el portal común para la cancelación del registro concedido a él y el funcionario correspondiente, después de llevar a cabo la investigación que se considere adecuada, cancelará dicho registro.
  • Verificación física de los locales comerciales en determinados casos

    Cuando el funcionario competente esté convencido de que la verificación física del lugar de actividad de una persona registrada es necesaria después de la concesión del registro, podrá hacer que se realice dicha verificación y el informe de verificación junto con los demás documentos, incluidas las fotografías, se cargarán en el FORMULARIO GST REG-30 en el portal común en un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de dicha verificación.

    Método de autentificación

  • Todas las solicitudes, incluidas las respuestas, si las hay, a los avisos, las declaraciones, incluidos los detalles de los suministros entrantes y salientes, los recursos o cualquier otro documento que deba presentarse en virtud de las disposiciones de estas normas, se presentarán electrónicamente con un certificado de firma digital o a través de la firma electrónica, tal como se especifica en las disposiciones de la Ley de Tecnología de la Información, 2000 (21 de 2000), o se verificarán mediante cualquier otro modo de firma o verificación notificado por la Junta en este sentido: Siempre que una persona registrada en virtud de las disposiciones de la Ley de Empresas, 2013 (18 de 2013) deberá presentar los documentos o la solicitud verificada a través de un certificado de firma digital.
  • Cada documento, incluida la declaración presentada en línea, se firmará o verificará mediante un código de verificación electrónica-
    (a) en el caso de una persona física, por el propio individuo o cuando esté ausente de la India, por alguna otra persona debidamente autorizada por él en este nombre, y cuando el individuo esté mentalmente incapacitado para atender sus asuntos, por su tutor o por cualquier otra persona competente para actuar en su nombre;
    (b) en el caso de una familia hindú indivisa, por un Karta y cuando el Karta está ausente de la India o está mentalmente incapacitado para atender a sus asuntos, por cualquier otro miembro adulto de dicha familia o por el firmante autorizado de dicho Karta;
    (c) en el caso de una empresa, por el director general o el signatario autorizado de la misma;
    (d) en el caso de un Gobierno o cualquier agencia gubernamental o autoridad local, por un funcionario autorizado en este nombre;
    (e) en el caso de una empresa, por cualquier socio de la misma, que no sea menor de edad, o por un signatario autorizado de la misma;
    (f) en el caso de cualquier otra asociación, por cualquier miembro de la asociación o personas o signatarios autorizados de la misma;
    (g) en el caso de un fideicomiso, por el fideicomisario o cualquier fideicomisario o signatario autorizado del mismo; o
    (h) en el caso de cualquier otra persona, por alguna persona competente para actuar en su nombre, o por una persona autorizada de acuerdo con las disposiciones de la sección 48.
  • Todos los avisos, certificados y órdenes en virtud de las disposiciones de este capítulo serán emitidos electrónicamente por el funcionario competente o cualquier otro funcionario autorizado para emitir tales avisos o certificados u órdenes, a través de un certificado de firma digital o a través de la firma electrónica como se especifica en las disposiciones de la Ley de Tecnología de la Información, 2000 (21 de 2000) o verificado por cualquier otro modo de firma o verificación notificado por la Junta en este nombre.
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