En nuestros artículos anteriores, hablamos de las normas de valoración de los suministros entre entidades vinculadas, principal-agente, etc. Continuando con nuestra discusión, aquí estamos proporcionando el análisis del Método de Coste de Valoración del suministro bajo la Ley del Impuesto sobre Bienes y Servicios. El método del coste también se ha referido en cada norma de valoración cuando no hay un método directo de valoración posible.
El método del coste dice que «cuando el valor de una entrega de bienes o de servicios, o de ambos, no sea determinable por ninguna de las reglas anteriores, el valor será el ciento diez por ciento del coste de producción o de fabricación o del coste de adquisición de dichos bienes o del coste de prestación de dichos servicios»
En términos sencillos, El 110% del coste de fabricación o del coste de la prestación de bienes o servicios se considerará a efectos de la valoración y, en consecuencia, el Impuesto sobre Bienes y Servicios se cobrará sobre dicha cantidad.
Vamos a entenderlo con la ayuda de un ejemplo:
Supongamos que Nilkamal Limited fabrica sillas de oficina y el coste de fabricación es de Rs. 4.000 por silla. Una silla similar en el mercado abierto se valora en Rs. 4,500. Estas sillas se suministran a una sala de exposición de muebles a la tasa de Rs. 3.000 y el resto en contraprestación no monetaria. Ahora bien, como el valor de mercado abierto está disponible, Rs. Se considerarán 4.500 euros para la valoración del suministro.
Sin embargo, en caso de que no se disponga del valor de mercado abierto, se seguirá el valor del suministro según el método del coste, que dice que tiene que ser el 110% del coste de fabricación i.e. Rs. 4.000*110% = Rs. 4,400. Por lo tanto, el GST se cargará en Rs. 4.400 en este caso.