La norma AS-19 trata de las políticas contables aplicables a todos los tipos de arrendamientos, excepto los que se enumeran a continuación. Un arrendamiento es una transacción en la que el arrendador celebra un acuerdo con el arrendatario para que éste tenga derecho a utilizar un activo a cambio de un pago o una serie de pagos durante un período de tiempo acordado.
Qué tipo de arrendamientos no están cubiertos por esta norma
Esta norma no es aplicable a:
(a) Acuerdos de arrendamiento para explorar o utilizar recursos naturales. Ex Petróleo, gas, madera, metales y otros derechos minerales
(b) Acuerdos de licencia. Ex Películas, grabaciones de vídeo, obras de teatro, manuscritos, patentes y derechos de autor
(c) Contratos de arrendamiento de uso de terrenos
Existen dos tipos de arrendamientos:
1. Arrendamiento financiero
2. Arrendamiento operativo
Arrendamiento financiero
Un arrendamiento en el que todos los riesgos y beneficios se transfieren al propietario de los activos. La titularidad puede o no ser transferida finalmente.
Los ejemplos de arrendamiento financiero son:
1. Arrendamiento en el que los activos se transfieren al arrendatario al final del plazo de arrendamiento
2. Plazo de arrendamiento en el que el arrendatario tiene la opción de comprar los activos del arrendador al precio que sea inferior al precio justo en la fecha en que la opción sea ejercitable.
3. Plazo del arrendamiento Cubre toda la vida económica del activo aunque no se transfiera la titularidad
4. Plazo de arrendamiento en el que el valor actual de los pagos mínimos del arrendamiento es igual o cubre sustancialmente el valor razonable del activo arrendado
5. El activo arrendado es de naturaleza especializada. Ej. Ambulancia (el arrendatario puede utilizarla sin realizar grandes modificaciones)
Arrendamiento operativo
Cualquier otro arrendamiento que no sea financiero se considera un arrendamiento operativo.
Contabilización en los libros del arrendatario en caso de arrendamiento financiero
1. Al inicio del arrendamiento, el arrendatario reconocerá el arrendamiento como activo o pasivo por un importe igual al valor razonable de los activos arrendados
2. Repartir los pagos del arrendamiento entre la carga financiera y la reducción del pasivo pendiente
3. Asignación de la carga financiera a los períodos durante el plazo del arrendamiento 4. Pasar el asiento para la depreciación
Información a revelar en caso de arrendamiento financiero
1. Los activos adquiridos en régimen de arrendamiento deben figurar por separado
2. Para cada uno de los activos arrendados, muestre el importe neto en libros en la fecha del balance
3. Proporcionar una conciliación entre los pagos mínimos del arrendamiento en la fecha del balance y su valor actual
4. Revele el total de los pagos mínimos por arrendamiento en la fecha del balance y su valor actual para:
- No más tarde de un año
- Más de un año pero no más de cinco años
- Más de cinco años
5. Pago mínimo futuro de subarrendamiento que se espera recibir en la fecha del balance
6. Descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos del arrendatario
Contabilización en los libros del Arrendatario en caso de Arrendamiento Operativo
El pago del arrendamiento se reconoce como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Información en caso de arrendamiento operativo
1. Pago futuro del arrendamiento para el siguiente periodo
- No más tarde de un año
- Más tarde de un año pero no más tarde de cinco años
- Más de cinco años
2. Total Pagos futuros esperados por arrendamiento
3. Pago del arrendamiento reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias del periodo
4. Descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos del arrendatario
Contabilización en los libros del arrendador en caso de arrendamiento financiero
1. El arrendador debe registrar los activos en los libros de contabilidad por un importe igual a la inversión neta en el arrendamiento
2. Registrar los ingresos financieros sobre la base de un patrón que refleje una tasa de rendimiento periódica constante
3. Estimación del valor residual no garantizado utilizado en el cálculo de la inversión bruta del arrendador en el arrendamiento
4. Si se produce una reducción del valor residual no garantizado estimado, se revisa la asignación de ingresos durante el plazo restante del arrendamiento. Reducción con respecto al importe ya reconocido que debe reconocerse inmediatamente. Se debe ignorar el ajuste al alza
5. El coste directo inicial asociado al arrendamiento debe reconocerse inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias o puede repartirse a lo largo del plazo de arrendamiento
Revelación en caso de Arrendamiento Financiero
1. Conciliación entre la inversión bruta en arrendamiento en la fecha del balance y el valor actual de los pagos mínimos por arrendamiento. También revele lo mismo que
- No más tarde de un año
- Más de un año, pero no más de cinco años
- Más de cinco años
2. Ingresos financieros no devengados
3. Valor residual no garantizado
4. Provisión acumulada para pagos mínimos incobrables por arrendamiento
5. Alquileres contingentes reconocidos en la cuenta de pérdidas y ganancias
6. Descripción general del acuerdo de arrendamiento financiero
7. Política contable adoptada para el coste directo inicial
Contabilización en los libros del arrendador en caso de arrendamiento operativo
1. El arrendador debe registrar los activos en el balance bajo el epígrafe de activos fijos
2. Ingresos por arrendamiento a reconocer en la cuenta de pérdidas y ganancias
3. El coste incurrido, incluida la depreciación, debe reconocerse en la cuenta de pérdidas y ganancias
4. Comprobar el deterioro de los activos y registrarlo en los libros según los PCGA
Información en caso de Arrendamiento Operativo
1. Para cada clase de activos, la depreciación acumulada, el deterioro acumulado y el valor contable en la fecha del balance.
2. Depreciación reconocida en la cuenta de pérdidas y ganancias.
3. Pérdidas por deterioro reconocidas en la cuenta de pérdidas y ganancias.
4. Pérdida por deterioro revertida en la cuenta de pérdidas y ganancias.
5. Pago mínimo de arrendamiento futuro en cada uno de los siguientes periodos:
- No más tarde de un año
- Más de un año pero no más de cinco años
- Más de cinco años
6. Contingente total reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias.
7. Descripción general del acuerdo de arrendamiento
Transacción de venta y retroarrendamiento
1. Si la operación de venta y posterior arrendamiento da lugar a un arrendamiento financiero: Cualquier exceso o defecto sobre el importe en libros debe ser diferido y amortizado a lo largo del plazo de arrendamiento en proporción a la depreciación de los activos arrendados.
2. Si la transacción de venta y retroarrendamiento da lugar a un arrendamiento operativo: Cualquier exceso o defecto sobre el importe en libros debe registrarse inmediatamente en el libro de cuentas:
a) Si el precio de venta es inferior al valor razonable, la pérdida se compensa con los futuros pagos de arrendamiento por debajo del precio de mercado, debe diferirse y amortizarse en proporción a los pagos de arrendamiento a lo largo del período en que se espera utilizar el activo
b) Si el precio de venta es superior al valor razonable, el exceso sobre el valor razonable debe diferirse y amortizarse a lo largo del período en que se espera utilizar el activo
Diferencia entre AS19 y IAS17
Base | LA NIC 19 | NIC 17 |
Arrendamiento de terrenos | La norma AS 19 no es aplicable al arrendamiento de terrenos | La NIC 17 contiene disposiciones específicas relativas a los arrendamientos de terrenos y edificios |
Valor residual | El término «valor residual» se define en la norma AS 19 | La NIC 17 no define el «valor residual» |
Inicio y comienzo | Aunque ambos términos se utilizan en algunos puntos de la norma AS 19, no se definen ni se distinguen | La NIC 17 distingue entre el inicio del arrendamiento y el comienzo del mismo |
Reconocimiento del arrendamiento | AS 19, dicho reconocimiento es al inicio del arrendamiento | Según la NIC 17, el arrendatario debe reconocer los arrendamientos financieros como activos y pasivos en el balance al inicio del plazo del arrendamiento |
Ajuste de las cuotas de arrendamiento | No es tratada por la NIC 19 | La NIC 17 aborda el ajuste de los pagos por arrendamiento realizados durante el período comprendido entre el inicio del arrendamiento y el comienzo del plazo del mismo |
Orientación | No hay orientación | La NIC 17 proporciona orientación sobre la contabilización de: – los incentivos en el caso de los arrendamientos operativos, y la evaluación del fondo de las transacciones que tienen la forma legal de un arrendamiento y la determinación de si dicho acuerdo contiene un elemento de arrendamiento |
Revisión al alza | La norma AS 19 prohíbe la revisión al alza del valor residual no garantizado, durante la vigencia del arrendamiento | La NIC 17 permite la revisión al alza del valor residual no garantizado, durante la vigencia del arrendamiento |
Método de amortización | En el caso de una transacción de venta y retroarrendamiento (en el caso de un arrendamiento financiero), la NIC 19 requiere que el exceso de los ingresos de la venta, sobre el importe en libros del activo, sea diferido y amortizado por el vendedor (arrendatario) a lo largo de la duración del arrendamiento, en proporción a la depreciación del activo arrendado | La NIC 17 también especifica que en el caso de una transacción de venta y retroarrendamiento (en caso de arrendamiento financiero), el exceso de los ingresos de la venta, sobre el importe en libros del activo, debe ser diferido y amortizado por el vendedor (arrendatario), pero no especifica el método de amortización |
Clasificación del arrendamiento | Estas cuestiones no se abordan en la norma actual | La NIC 17 exige la clasificación corriente/no corriente de los pasivos por arrendamiento si dicha clasificación se realiza también para otros pasivos |
Atribución de las rentas de arrendamiento | La norma AS 19 no prevé lo mismo | La NIC 17 establece que, en el caso del arrendamiento operativo, si el aumento de los alquileres es atribuible a la inflación general prevista, para compensar al arrendador por los costes inflacionistas esperados, no deberá ser lineal |
Costes directos iniciales | La norma AS 19 exige que los costes directos iniciales en los que incurre el arrendador (en caso de arrendamiento operativo) se carguen en el momento de incurrir en ellos o se amorticen a lo largo del período de arrendamiento | La NIC 17 establece que los costes directos iniciales, incurridos por el arrendador (en caso de arrendamiento operativo), se incluirán en el importe en libros del activo arrendado y se amortizarán como gasto a lo largo del período de arrendamiento |
Diferencia entre la NIC 17 y la NIIF 16:
NIC 17: La NIC 17 exige que todas las rentas de arrendamiento se carguen en la cuenta de pérdidas y ganancias de forma lineal en caso de arrendamiento operativo, a menos que sea más apropiada otra base sistemática si el pago al arrendador no se realiza de forma lineal.
NIIF 16: En caso de arrendamiento operativo, todos los alquileres se cargarán en la cuenta de pérdidas y ganancias según el contrato de arrendamiento, a menos que los pagos al arrendador estén estructurados para aumentar de acuerdo con la inflación general prevista para compensar el coste inflacionario previsto por el arrendador asociado al arrendamiento . Si los pagos al arrendador varían debido a factores distintos de la inflación general, no se cumple esta condición.
Conclusión: En el caso de la NIC 17, si hay un componente de inflación en las rentas de arrendamiento, debemos calcular todas las rentas esperadas y cargarlas en la cuenta de pérdidas y ganancias por igual a lo largo de la duración del arrendamiento, y debemos transferir ese exceso/déficit a la cuenta de compensación del arrendamiento.