En virtud de la Ley GST, la exportación de bienes o servicios se considera un suministro con tasa cero y, por tanto, no se aplica el GST. Un exportador tiene dos opciones:
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Últimas actualizaciones sobre la facturación electrónica
30 de junio de 2021
El CBIC ha emitido una notificación que pretende eximir de la sanción impuesta por el incumplimiento de las disposiciones del código QR dinámico para las facturas B2C entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.
1 de junio de 2021
El CBIC ha notificado mediante la Notificación del Impuesto Central no.23 con fecha 1 de junio de 2021 que el sistema de facturación electrónica no se aplicará a un departamento gubernamental y a una autoridad local.
30 de marzo de 2021
El CBIC ha emitido una notificación en la que pretende eximir de la sanción impuesta por el incumplimiento de las disposiciones del código QR dinámico para las facturas B2C entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2021, siempre que dicha persona cumpla con las disposiciones de dicha notificación a partir del 1 de julio de 2021.
Aplicabilidad de la facturación electrónica a las ZEE y a las exportaciones consideradas & Exportaciones
Las exportaciones se clasifican en exportaciones directas, transacciones asimiladas a exportaciones, exportaciones de unidades SEZ o promotores SEZ. La facturación electrónica es aplicable a las transacciones de exportación para automatizar el mecanismo de reembolso a los exportadores en los siguientes casos:
Nota: Según la notificación no. 61/2020 SEZ, las unidades están exentas de emitir la factura electrónica. No hay exención para los promotores de zonas económicas especiales.
Cambios en el flujo de trabajo debido a la facturación electrónica en la elaboración de facturas de exportación
Con la introducción de la facturación electrónica, todas las facturas B2B son verificadas electrónicamente por la GSTN para su uso en el portal GST. El Portal de Registro de Facturas (IRP) emite un número de identificación único para cada factura.
Los exportadores pueden seguir facilitando información para beneficiarse de los incentivos. Los detalles incluyen el número de serie de la devolución de impuestos, la autorización de anticipo/EPCG y los detalles de la declaración MEIS en la salida de la factura. Así, el registro en el portal IRN no tendrá ningún impacto en las facturas de exportación.
Además, en el esquema de la factura electrónica notificado por el CBIC mediante la notificación no. 60/2020 con fecha de 30 de julio de 2020, hay algunos campos adicionales para las exportaciones para los que los datos pueden ser tomados de la factura de entrada en ICEGATE, tales como el código de moneda adicional, el lugar de suministro, el código de país de exportación, el código de puerto, el número de factura de envío, la fecha, el importe de los derechos de exportación, etc.
A continuación, se presenta la lista de campos exclusivos que deben informar los exportadores en la factura electrónica:
Nombre del campo |
Descripción |
Si es obligatorio/opcional? |
Código del tipo de suministro |
Tiene que seleccionar el código de suministro:
|
Obligatorio |
Código de moneda adicional |
Informar de la moneda adicional, si la hay, en la que se pueden indicar todos los importes de las facturas, junto con el INR. |
Opcional |
Código de Estado del proveedor |
Código de Estado del proveedor según el sistema GST. La lista se actualiza en https://www.icegate.gov.i n/Webappl/STATE_ES Q |
Obligatorio |
Destinatario_ GSTIN |
URP: En el caso de exportaciones o si se realizan suministros a personas no registradas |
Obligatorio |
Lugar de suministro (Código de Estado) |
La lista se actualiza en https://www.icegate.gov.i n/Webappl/STATE_EN Q |
Obligatorio |
Código del Estado destinatario |
Código de Estado del destinatario. La lista se actualiza en https://www.icegate.gov.i n/Webappl/STATE_EN Q |
Obligatorio |
Código del país de exportación |
Código del país de exportación según la lista https://www.icegate.gov.i n/Webappl/COUNTRY_ ENQ |
Opcional: |
Código del puerto |
Para el suministro a la exportación, se puede mencionar el código según el sistema EDI de las aduanas indias. |
Opcional |
Número de factura de envío |
Para el suministro de exportación, se puede mencionar el número de la factura de envío según el sistema EDI de las aduanas indias. |
Opcional |
Fecha de la factura de embarque |
Para el suministro de exportación, la fecha de la factura de envío puede ser mencionada según el sistema EDI de Aduanas de la India. |
Opcional |
Importe del derecho de exportación |
Debe mencionarse el importe de los derechos de exportación en INR. |
Opcional |
El proveedor puede optar por el reembolso |
Este campo sirve para mencionar si el proveedor puede ejercer la opción de solicitar un reembolso. |
Opcional |
Nota importante para el registro de la facturación electrónica como exportador
En el momento de la inscripción en el IRP como exportador, uno tiene que seleccionar el tipo de exportadores, tales como la exportación regular, la exportación considerada, los suministros de la unidad SEZ o el desarrollador SEZ. Los exportadores pueden utilizar el formato de factura existente para la facturación electrónica junto con la captura adicional del código QR.