El registro de las marcas se realiza rellenando una solicitud en la Oficina de Marcas. Después del registro, si hay que hacer algún cambio, se presenta una solicitud a la Oficina de Marcas. Esta solicitud debe ser entregada junto con los documentos o formularios requeridos a la Oficina de Marcas. Si la Oficina de Marcas necesita alguna aclaración adicional sobre los documentos o formularios presentados o si no se aportan los documentos adecuados, emite una notificación con los detalles de la deficiencia. Este aviso se conoce comúnmente como informe de escrutinio o aviso de discrepancia («Aviso»). El solicitante o el agente del solicitante recibe esta notificación.
La Ley de Marcas de 1999 («Ley») y el correspondiente Reglamento de Marcas de 2017 («Reglamento») proporcionan detalles y normas para la presentación de solicitudes a la Oficina de Marcas. Tras la presentación de las solicitudes, se lleva a cabo un control para comprobar si se ajustan a la Ley y al Reglamento. Si se detectan deficiencias en el cumplimiento, la Oficina de Marcas emite un informe de control o una notificación de discrepancia.
Casos de informe de escrutinio o notificación de discrepancia
La emisión del aviso de discrepancia o del informe de control se refiere a las deficiencias o discrepancias encontradas en la solicitud de marca. Hay varios casos que prevén la emisión del informe de control o de la notificación de discrepancia. Son-
- Deficiencia en el pago de las tasas de los formularios
La Ley prescribe la presentación de solicitudes a la Oficina de Marcas para diversos fines como el registro, la transmisión, la cesión, etc. Las normas proporcionan la lista de solicitudes junto con las tasas que se deben presentar ante la Oficina de Marcas. La Oficina de Marcas emite una notificación de discrepancia al solicitante al encontrar cualquier deficiencia en el pago de las tasas prescritas para la solicitud.
- Cesión de marcas
La cesión de la marca la realiza el titular (propietario de una marca) a favor de otra persona. Cuando se produce la cesión, se presenta una solicitud a la Oficina de Marcas para registrar el nombre de la persona cedida. La presentación de la solicitud es junto con la copia debidamente certificada de los documentos originales o el instrumento o escritura de cesión. Cuando el Registrador de Marcas tiene dudas sobre la autenticidad de estos documentos, exige pruebas adicionales de dicha cesión. En este caso, la Oficina de Marcas emite un informe de escrutinio o notificación de discrepancia a la persona a la que se le asigna la marca.
- Transmisión de las marcas
Cuando la transmisión de una marca tiene lugar entre una persona y otra, se presenta una solicitud ante la Oficina de Marcas. Esta solicitud se presentará junto con una copia debidamente certificada de la prueba de dicha transmisión. Después de examinar los documentos, si el Registrador de Marcas tiene dudas sobre la exactitud de los documentos, emite un informe de examen o un aviso de discrepancia a la persona a la que se transmite la marca.
- Alteración de la dirección o de los productos en el registro
Cuando el titular registrado presenta una solicitud de cambio de dirección, el Registrador de Marcas examina la solicitud. Una vez comprobada la exactitud de la solicitud, deberá cambiar la dirección. Si requiere alguna aclaración o documento adicional para la misma, emite un informe de control o aviso de discrepancia al titular.
El titular registrado puede solicitar la corrección, el cambio, la cancelación o la supresión de los productos o servicios relacionados con la inscripción de una marca en el registro. Puede haber un requerimiento de pruebas adicionales o aclaraciones con respecto a la modificación o corrección o cancelación o eliminación de los productos y servicios por parte del Registrador de Marcas. En tal caso, puede pedir pruebas adicionales al titular mediante un informe de examen o un aviso de discrepancia.
Efectos del informe de control o de la notificación de discrepancia
La Oficina de Marcas puede emitir el aviso en cualquier fase en la que surjan deficiencias. Cuando una persona recibe la notificación, tiene que responder a ella para subsanar la deficiencia, normalmente en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la notificación. Es esencial responder a la notificación en el plazo indicado en la misma. Si no se responde a tiempo, la solicitud sobre la que se ha dado aviso puede ser rechazada. Si se recibe una notificación, es aconsejable consultar a un abogado o agente de marcas.
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