La Junta Central de Impuestos Directos (CBDT) emitió una notificación el 31 de agosto de 2021, en la que se indica cómo se calcularán los intereses imponibles relativos a la contribución al Fondo de Previsión o al Fondo de Previsión Reconocido.
Introducción
Los ingresos del Fondo de Previsión han permanecido libres de impuestos durante muchos años. Según las antiguas disposiciones, el empleador y el empleado debían aportar un mínimo del 12% del salario al Fondo de Previsión. El exceso de cotización por encima del 12% del salario por parte del empleador era imponible.
Para que los beneficios excesivos de las rentas altas queden bajo la red de imposición, el Presupuesto de la Unión 2020 introdujo una modificación. Por lo tanto, la contribución del empleador al Fondo de Previsión, al Sistema Nacional de Pensiones (NPS) y al Fondo de Superannuation en exceso de Rs.7.5 lakh serán imponibles como prestaciones en manos del empleado.
Además Presupuesto de la Unión 2021 introdujo la tributación de los intereses devengados en la cuenta del Fondo de Previsión de los Empleados (EPF) para las contribuciones que superen los 100.000 euros Rs.2.5 lakh. También en este caso, el Gobierno pretendía racionalizar la exención fiscal para las personas con ingresos elevados estableciendo un límite máximo.
Para aclarar la enmienda introducida en el Presupuesto 2021, el CBDT emitió una notificación que muestra el cálculo de los intereses imponibles relacionados con la contribución al Fondo de Previsión o al Fondo de Previsión Reconocido.
Según la notificación, esta modificación de las normas del impuesto sobre la renta se convertirá en aplicable a partir del 1 de abril de 2022.
Forma de cálculo
La notificación establece que para el cálculo de los intereses imponibles de la contribución al fondo de previsión, se mantendrán cuentas separadas para todos los ejercicios financieros a partir del año financiero actual 2021-22.
Se mantendrán dos cuentas diferentes, una con la contribución imponible y otra con la contribución no imponible, para todos los suscriptores.
Cálculo de la cotización no imponible
Utilice la fórmula mencionada a continuación para obtener la contribución al Fondo de Previsión no imponible:
(A) – Suma de lo siguiente:
(B) – Reducido por la retirada de dicha cuenta.
Cálculo de la cuota no imponible = (A) Menos (B)
Cálculo de la contribución imponible
Utilice la fórmula mencionada a continuación para llegar a la contribución al Fondo de Previsión imponible:
(A) – Suma de lo siguiente:
(B) – Reducido por la retirada de dicha cuenta.
Cálculo de la contribución imponible = (A) Menos (B)
El límite de la contribución no imponible al Fondo de Previsión para los empleados en los que el empleador no contribuye es de Rs.5 lakh (modificado). En todos los demás casos, el límite del umbral es de Rs.2.5 lakh.
Entendamos esto con un ejemplo.
Ilustración
El Sr. A tiene un P.F. saldo de Rs. 5.50.000 (incluidos los intereses) a 31 de marzo de 2021. Trabaja con una empresa privada y ha contribuido con Rs.3.50.000 (contribución total) en el P.F. cuenta en F.Y. 2021-22. Asumiendo un interés del 8.Se recibirá un 5% sobre la aportación realizada.
Cuál será su contribución imponible y no imponible para F.Y. 2021-22?
Respuesta :
Separemos la aportación en imponible y no imponible.
Datos | Contribución no imponible | Contribución imponible |
Saldo final a 31 de marzo de 2021 (incluidos los intereses devengados) | 5,50,000 | |
Contribución realizada en el ejercicio 2021-22 | 2,50,000 | 1,00,000 |
Intereses devengados para el año fiscal 2021-22 | 21,250* | 8,500* |
Total | 8,21,250 | 1,08,500 |
*Suponiendo que el depósito se realiza al inicio del ejercicio
Haga clic aquí para leer la notificación
Presente su declaración de la renta GRATIS en 7 minutos
Gratis, sencillo y preciso. Diseñado por expertos fiscales
Cargue su formulario 16