El Reglamento de la SEBI (Foreign Portfolio Investors) de 2014 regula el registro y los procedimientos de los inversores extranjeros que se proponen realizar inversiones de cartera en la India.
La Junta de Valores y Bolsa de la India (SEBI) emitió una circular el 10 de abril de 2018 en relación con la aclaración sobre la agrupación de los límites de las inversiones de los inversores de cartera extranjeros (FPI). La SEBI emitió esta circular porque varias partes interesadas solicitaron orientación sobre la agrupación de los límites de inversión aplicados a un gobierno extranjero y a sus entidades relacionadas.
Dado que la SEBI supervisa las inversiones de los gobiernos extranjeros y sus entidades relacionadas, i.e. La Comisión Europea, en su calidad de organismo regulador de los fondos soberanos, los bancos centrales extranjeros y las agencias gubernamentales extranjeras registradas como FPI en la India, emitió la circular que aclara la agrupación de los límites de inversión de los FPI.
Sin embargo, la circular de la SEBI del 10 de abril de 2018 creó desafíos para los FPI, y se hicieron varias representaciones en contra. La SEBI emitió otra circular el 13 de diciembre de 2018, suprimiendo las indicaciones dadas en la circular del 10 de abril de 2018, y proporcionó un marco revisado sobre la agrupación de los límites de inversión de los FPI. Estas orientaciones sobre la agrupación de los límites de inversión de las IFS se analizan a continuación.
Base de la agrupación de los límites de inversión de los FPI
Los límites de inversión de los FPI se agruparán sobre la base de-
- La propiedad común de más del 50%, es decir.e. si hay más de un 50% de propietarios de dos o más FPI.
- Control común, i.e. cuando la misma persona o el mismo conjunto de personas tienen el control de dos o más FPI.
Excepción de agrupación de FPI basada en el control común
No habrá agrupación de los límites de inversión de los siguientes FPI basados en el control común en caso de-
- FPIs que son fondos públicos minoristas debidamente regulados (regulados por el regulador bancario o el regulador del mercado de valores).
- Los FPI son fondos públicos minoristas, que son propiedad mayoritaria de fondos públicos minoristas debidamente regulados sobre una base de transparencia.
- FPIs que son fondos públicos minoristas y su Gestor de Inversiones (IMs) está apropiadamente regulado.
Fondos públicos minoristas significa-
- Fondos de inversión que están abiertos a la suscripción de inversores minoristas y no tienen requisitos específicos para el tipo de inversor.
- Compañías de seguros en las que no se mantiene la cartera segregada de correlaciones uno a uno con un único inversor.
- Fondos de pensiones.
El control incluye uno o todos los siguientes aspectos-
- Derecho a designar la mayoría de los directores.
- Control de la gestión.
- Las decisiones políticas son ejercidas por una o varias personas que actúan individualmente o de forma concertada, directa o indirectamente, incluso en virtud de derechos de gestión o de participación o de acuerdos de voto o de accionistas o de cualquier otra forma.
Disposiciones de agrupación para gobiernos extranjeros y sus entidades relacionadas
Los límites de inversión de dos o más FPI, incluidos los gobiernos extranjeros o sus entidades relacionadas que tengan una propiedad común indirecta o directa de más del 50% o el control, sus límites de inversión se agruparán en el límite de inversión del 10% aplicable a un solo FPI.
La inversión de las agencias gubernamentales extranjeras también se agrupará con la inversión de un gobierno extranjero o sus entidades relacionadas si forman parte de un grupo inversor con un límite de inversión del 10% de FPI para una sola empresa.
Excepción para los gobiernos con estructura federal
No habrá agrupación de inversiones de gobiernos extranjeros o sus entidades relacionadas que sean de diferentes estados o provincias de un país con estructura federal, siempre que las entidades inversoras tengan un control y una propiedad diferentes.
Excepción para determinadas entidades reconocidas por el gobierno indio como entidades independientes
Cuando el gobierno indio haya suscrito un tratado o acuerdo específico con el gobierno de otro país que reconozca específicamente que ciertas entidades están separadas y son distintas, la SEBI podrá flexibilizar las disposiciones de agrupación para estos FPI durante la validez de dicho tratado o acuerdo.
Consecuencias del incumplimiento del límite de inversión
En el caso de que el total de las inversiones de un grupo de FPI agrupados en base a la circular de la SEBI supere el límite de inversión del 10% en una sola empresa, los respectivos FPI tendrán las siguientes alternativas-
- Deshacerse de las participaciones en la empresa india para que sean inferiores al 10% del capital desembolsado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de liquidación de la operación de compra que dio lugar a una infracción.
- Tratar la inversión en la empresa india en cuestión como Inversión Extranjera Directa.
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